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Funciones de los Organismos de Participación de la Escuela


Introducción

La educación constituye uno de los pilares en la vida del ser humano, pues con ella adquiere la capacidad de formular su proyecto de vida y de llevarlo a la práctica en su existencia individual, familiar y social.
La familia, el escolar y la sociedad en general, conforman de manera resumida, la denominada Comunidad Educativa, dentro de la cual el individuo aspira a la instrucción, a la educación y, ante todo, a la educación integral y de calidad.
Esta comunidad posee características, principios y funciones. Se caracteriza esencialmente por ser democrática, solidaria, competente, abierta al cambio y consciente. Es por esto, que se crean los organismos de participación de la escuela, y cada uno cumple una función como órgano educativo.
En el presente trabajo, se plantearán las funciones de dichos organismos, que son la Junta de Centro Educativo, la Asamblea de Profesores, el Consejo de Curso, el Consejo Estudiantil, la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela, el Comité de Padres del Curso y la Escuela de Padres y Madres.


   

Organismos de participación
¿Cómo se conforma?
¿Quiénes lo integran?
¿Cuál es su función principal?
No. de la Ordenanza que lo dispone
Junta de Centro Educativo
     Deberán reunirse ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario para tratar asuntos urgentes que requieran atención inmediata y sesionarán válidamente con la presencia de por lo menos las dos terceras partes de sus miembros.
     Los integrantes permanecerán tres años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos, excepto el Presidente, quien permanecerá en la Junta mientras desempeñe el cargo de Director del centro correspondiente.
     La Junta elegirá de entre sus miembros un Tesorero, el cual será un representante del APMAE, y un Secretario que será seleccionado del sector magisterial.
*Artículos 48-50
     El Director del centro educativo.
     Dos representantes elegidos por los profesores del centro educativo.
     Dos representantes de la APMAE, elegidos en asamblea.
     Un educador elegido por la APMAE.
     Dos representantes de la Sociedad Civil Organizada, elegidos en asamblea de las organizaciones.
     Un representante de los estudiantes, elegido democráticamente cada año por el Consejo Estudiantil y que corresponda al grado más alto ofertado por los Niveles del centro educativo.
*Artículo 47
     Crear los nexos entre la comunidad, el centro educativo y sus actores, con el objetivo de que éste desarrolle con éxito sus funciones.
*Artículo 45
02-2008
Asamblea de Profesores
Se establecen dos tipos de asambleas: Ordinarias y Extraordinarias.

Ordinarias: Los cuales deberán celebrarse en las instituciones educativas del nivel inicial y el nivel básico por lo menos, dos veces al año, y en las instituciones educativas del nivel medio, por lo menos, una vez durante cada semestre.
Extraordinarias: Que serán convocadas por el Director del centro educativo o a requerimiento de una tercera parte del personal docente.
*Artículo 10.2
Los docentes, el Director y el Secretario del centro educativo.

Dirigida por el Director del centro y en ausencia por el Subdirector.  A falta de estos por el Director del distrito educativo; si no está disponible, por un técnico adjunto del área de educación secundaria.
*Artículo 10.1
Tratar temas de carácter administrativo o puramente académicos, previa presentación de una agenda que debe ser conocida y ampliamente divulgada entre sus miembros.
*Artículo 10.3
04-1999
Consejo de Curso
Al iniciarse el año escolar, los profesores de cada curso motivaran y orientaran a sus estudiantes, respecto a los objetivos y funcionamiento del Consejo de Curso y de los Comités o Equipos de Trabajo.
*Artículo 8
Los estudiantes de cada curso de un centro escolar.

Dirigido por una directiva elegida democráticamente por ellos mismos. Contará con la asesoría del maestro del curso o el profesor responsable.
*Artículo 6
Servir a las finalidades formativas de la educación, respondiendo a las necesidades de desarrollo integral de los estudiantes y características de los grupos de clase.
*Artículo 5
05-1997
Consejo Estudiantil
     Al inicio de cada año escolar se ira conformando el Consejo Estudiantil en la medida en que se van eligiendo las directivas de los Consejos de Curso.              
     Todos los Presidentes y Vicepresidentes de los Consejos de Curso, pasaran automáticamente a formar parte del Consejo Estudiantil del centro.
     Sus reuniones serán periódicas (dos reuniones mensuales) dentro del horario de clases. Estos estudiantes, participaran en programas formativos especiales que los capaciten para el cumplimiento satisfactorio de sus funciones.
*Artículo 4
Los Presidentes y Vicepresidentes de todos los Consejos de Curso del centro educativo.
*Artículo 2
Promover prácticas participativas que contribuyan a la formación de una cultura democrática en la Republica Dominicana.
*Artículo 1
05-1997
Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela
Se establece en dos asambleas:

Asamblea General Ordinaria: Sus deliberaciones serán válidas con dos terceras partes de los miembros y la aprobación por parte de la mitad más uno de los participantes, una hora después de la convocatoria, la asamblea sesionará con la presencia de los miembros presentes.

Será convocada por lo menos tres veces al año:
     La primera, al inicio del año escolar, para constituir o reelegir la Directiva y los Comités de Trabajo, así como para presentar los planes a desarrollar.
     La Segunda, a mediados del año, para evaluar el desarrollo de los planes y proyectos escolares.
     La Tercera, al concluir el año escolar, para establecer balance de los Comités de Trabajo y presentar un informe financiero a todos los miembros de la asociación.

Asamblea General Extraordinaria: Se convocará las dos terceras partes de los miembros de la Directiva, en coordinación con el Director, para tratar asuntos de emergencia que no pueden ser resueltos por la Ordinaria.

La Directiva se elegirá por votación secreta, nominal o por aclamación a decisión de la asamblea en cada caso, con una duración de dos años con posibilidad de reelegirse.
*Artículo 12, 14, 18 y 19
     Los padres, las madres y los tutores de la escuela que tengan sus hijos o pupilos en el mismo y que estén en pleno ejercicio de sus derechos civiles, sin importar su credo religioso ideológico o político y que tengan el reconocimiento moral de su comunidad.
     Los amigos interesados en pertenecer, procurarán su membrecía en el centro educativo de su comunidad.
     La Directiva será integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Cinco miembros.
*Artículo  4, 5 y 18
Auxiliara, reforzar y apoyar las labores docentes y administrativas en los centros educativos, procurando con ello el desarrollo institucional de dicho centro y la mejor educación para sus hijos.
*Artículo 1
09-2000
Comité de Padres del Curso
La Directiva de los Comités de Cursos será escogida anualmente en los primeros treinta días calendario del inicio de cada año escolar. La elección se hará libremente por votación directa y con mayoría simple, mediante el quórum reglamentario de la Asamblea de padres, madres y tutores de la sección o grado correspondiente, convocada previamente al efecto.

Estará integrada por tres miembros: un coordinador, un secretario y un vocal de la sección o grado de estudio; y contará con la asistencia y orientación del profesor del curso, director de los Equipos de Gestión y del técnico distrital de Participación Comunitaria asignado al centro educativo.
*Artículo 6, 9
Todos los padres, madres y tutores que tengan sus hijos y pupilos inscritos en el centro educativo.
*Artículo 5
Son órganos de participación comunitaria a nivel del aula, mediante los cuales los padres, madres y tutores que colaboren en el proceso educativo de sus hijos y pupilos tendrán la oportunidad de contribuir a fortalecer los niveles de participación e involucramiento de las familias en las actividades que se desarrollan en la escuela para asegurar un mayor aprovechamiento de los aprendizajes.
*Artículo 4
09-2000
MODIFICADA
Escuela de Padres y Madres
Los encuentros para el desarrollo de la Escuela de Padres y Madres se realizarán cada dos meses o mensual si así lo determina el Centro Educativo. A partir del 2014 se espera que en todos los centros educativos oficiales funcionen las Escuelas de Padres y Madres.

La selección de los recursos y de los temas que se abordarán en las EPM se hará en coordinación con los Niveles, Modalidades y Subsistemas y estarán vinculados a las especificidades de cada Nivel y las necesidades del contexto.
* Las Escuelas de Padres y Madres (EPM), Párrafo 6, 12
 / Brochure
Director del centro.
Un representante de la APMAE.
Un representante de los docentes.
Un representante estudiantil.
Un representante de la comunidad organizada.
El orientador o psicólogo del centro,
Un representante de las iglesias.

Colaboración de la Dirección General de Participación Comunitaria.
*Estructura Organizativa, Párrafo 2-4

Como un espacio educativo formal donde se reúnen de manera periódica Padres y Madres para compartir ideas, propósitos, actividades, experiencias y soluciones, en procura de contribuir de manera colectiva con el mejoramiento de la calidad del centro educativo y de las relaciones armoniosas de este con la familia y la comunidad.
*4.5.6 Escuela de Padres y Madres, Párrafo 1
Manual Operativo de Centro Educativo Público
11-1998





Conclusión

Cabe decir, sobre las funciones de los organismos de participación, que son los principales componentes que determinan la gestión efectiva de los centros educativos, con el propósito de velar por el sano cumplimiento de los fines y objetivos de las funciones de dichos organismos de educación.
Reviste importancia para la administración de la educación, analizar en forma particular cada una de las modalidades educativas y poder ofrecer insumos para su desarrollo desde la gestión de la educación; es por esta razón, que surge el interés de abordar en las escuelas sobre los organismos de participación para poder determinar los principales elementos que favorecen y obstaculizan su función.
La aplicación de las funciones de los organismos de participación de la educación de forma efectiva en los centros educativos es uno de los retos actuales que exige la sociedad, porque actualmente la educación ha sufrido cambios y estos deben llevarse a cabo en todos sus ámbitos.
Por ello, que, como futuro docente, enfocar esfuerzos en el mejoramiento de la gestión y en cumplimiento de dichas funciones, por medio de acciones que contrarresten estos vacíos para incidir positivamente en la calidad de la educación que reciben los estudiantes en los centros educativos que vayamos a impartir docencia.

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